viernes, 25 de septiembre de 2009

ENSAYO DE EMPRENDIMIENTO

INTRODUCCIÓN

En el presente ensayo, se explicara el concepto de emprendimiento, y su importancia y relevancia en la actualidad, ya que con el pasar del tiempo cada vez ser emprendedor ha ido ganando más terreno y es más común ver personas que quieren crecer más o quieren ser alguien en la vida.

También en este ensayo se mostrará un detalle de los factores que debemos analizar para emprender con un nuevo negocio o empresa, son datos que no podemos olvidar.

En este ensayo también citaremos la los porcentajes según la fuente GEM 2008, y cuál es la Región de Chile con más emprendimiento, desde ya adelantando que no es la Región Metropolitana como uno se lo puede imaginar a simple vista.

EMPRENDIMIENTO

El emprendimiento se está viendo cada vez más en todo el mundo, y siendo más común, vamos tomándole día a día más importancia, en Chile ya se está considerando con mayor frecuencia, es más normal que todas las personas quieran ser emprendedores, superando cada vez más sus expectativas económicas y de su vida.
Emprendimiento deriva de la palabra en Francés entrepreneur, que en español quiere decir Pionero, y se dice que es la capacidad que poseen las personas para desarrollar un sacrificio adicional para alcanzar nuevos objetivos y metas. También se refiere a las personas que quieran progresar iniciando nuevos proyectos haciendo referencia al a palabra pioneros, ya sea creando nuevas empresas innovadoras o ya existentes en el mercado.
En definitiva el emprendimiento es la actitud que adoptan las personas o aptitud para cumplir nuevas metas o embarcarse en nuevos proyectos, seguir su propio camino tomar su decisión para dejar de ser dependientes de una empresa, para aumentar sus ingresos o mejorar sus expectativas salariales. El emprendimiento nos motiva, nos inspira al ver que paso a paso vamos logrando más objetivos y cumpliendo nuestras metas y que al no estar satisfechos con lo que hemos logrado seguiremos haciendo el máximo esfuerzo para ser cada día mejores en lo que nos dediquemos.


SU IMPORTANCIA


El Emprendimiento es muy importante en la actualidad, ya que como podemos percatando investigando nuestros índices de desempleo o los de todo Latinoamérica rondan en el 20%, esto hace que los trabajadores quieran aumentar sus ingresos o los que están desempleados buscar su propia manera de generar dinero, habiendo entre ellas muchas personas que toman la opción sin ser despedidos de dejar la empresa para la cuál trabajan con la idea de formar su propia empresa, renunciando también a su estabilidad laboral, perdiendo la seguridad de recibir todos los meses un sueldo estable y así emprender en su nuevo proyecto de vida.
Que en Chile existan personas emprendedoras es muy bueno para el Gobierno, tanto como para la economía, ya que al crear más empresas crece la productividad del País, creando también nuevos puestos de trabajo, ayudando a que disminuyan los índices de Cesantía.
La Economía crece el desempleo disminuye todo gracias a los emprendedores, valorando que la gran mayoría de los empleos lo generan las Pymes.
En la actualidad se ha ido creando la cultura de ser emprendedores, de querer ser mejores, o hacer algo más productivo, cada vez naciendo ideas más innovadoras, siendo un eslabón importante dentro de la cadena laboral, ayudando a sobrellevar de mejor manera o más preparados una crisis económica como la que estamos viviendo en estos tiempos, la mayoría de las personas quieren ser independientes, imponer sus propias reglas y esto además ayuda a llevar una vida más relajada económicamente generando nuestros propios recursos.


EMPRENDIMINETO
Idea de Negocio
Plan de Negocio
Plan Estratégico
Puesta en Marcha

PASOS COMUNES PARA SER UN EMPRENDEDOR

Idea de Negocio:

Lo primero que tenemos que tener es una idea de un negocio, ya sea creando uno innovador o mejorar uno que ya exista. Cuando se nos venga una idea a la mente lo primero que tenemos que hacer es anotarla donde podamos cosa que nuestra idea no se nos olvide, esta idea nos tendrá que servir para generar ingresos, se tiene que poder monetizar.
Los recursos recomendados es la técnica conocida como *brainstorming, ésta podría ser una forma más efectiva de generar montones de ideas de un modelo específico, y una vez agrupada todas nuestras ideas, determinaremos cuál es la mejor o la más indicada para ser elaborada

* brainstorming:- Tormenta de ideas



Plan de Negocio:

Teniendo ya creada la idea de nuestro negocio, debemos analizar el mercado y las necesidades que puedan satisfacer nuestro producto o servicio. En esta etapa es fundamental investigar si nuestro proyecto brindará solución a lo que el mercado necesita. Además debemos analizar a nuestra posible competencia, identificar quienes serían nuestros competidores, analizarlos nos ayudará a mejorar nuestro producto o servicio y a determinar que nos diferenciará de ellos.
En esta etapa de investigación y análisis debemos concentrarnos en nuestros posibles y futuros clientes, saber a quienes nos dirigimos y que campo, sector o tipo de público que queremos abarcar.
Elaborar un plan de negocio nos mostrará si nuestro emprendimiento tiene o no el potencial o la eficiencia para generar utilidad.
Este plan además nos ayudará a identificar los pro y los contra , los obstáculos que se nos presentaran en el camino y esto nos llevará a diseñar con anterioridad una estrategia o plan “B” anticipadamente ante cualquier obstáculo que se nos presente, de tal manera que nuestro emprendimiento marche a la perfección.
Comenzar un negocio o empresa es una tarea difícil por lo que debemos estar preparados para enfrentar un largo camino.
En Chile hay instituciones que apoyan el emprendimiento, le dan sustento, herramientas, los guían o financian créditos para que los emprendedores puedan llevar a cabo su plan de negocio.
Las instituciones públicas que apoyan el emprendimiento son:

- BANCO ESTADO
- CONADI
- INDAP
- SERNAM
- CHILE CALIFICA
- CONAF
- MINECOM
- SERNAPESCA
- CONICYT
- FOSIS
- PROCHILE
- SERNATUR
- CNR
- FIA
- SAG
- SUBSEC MINERIA
- CPL
- PRODEMU
- SERCOTEC
- CORFO
- INIA
- SENCE

Plan Estratégico:

Con el plan estratégico desarrollaremos de que manera nos haremos conocidos, utilizaremos el marketing, identificaremos la manera de llegar a la mente de las personas, debemos lograr que conozcan nuestros productos y/o servicios.
Lo que es de gran importancia para nuestra empresa o negocio, es el nombre, saber que nombre colocarle sin que sea extraño, y difícil de nombrar, que no sea muy extenso, sino algo más bien cómodo y que se quede en nuestras mentes.
Una manera más fácil que puedan conocer nuestra empresa es a través de las redes.


Puesta en Marcha:

Para emprender con nuestro negocio necesitaremos de capital económico, es un bien fundamental, como mencionaba en puntos anteriores existen instituciones que guían y ayudan en este proceso, sobre todo si tenemos una buena idea, lo ideal sería poder recurrir a un banco para que nos financie, claro que no es tan fácil, ya que no muchos están dispuestos a confiar en nuestro negocio sin antes analizar nuestro campo, y las oportunidades que tenemos de surgir.
Lo primordial es que para ser emprendedor no debemos darnos por vencidos ni terminar nuestra idea de un negocio ante el primer fracaso, sino que debemos aprender de nuestros errores y así mejorar y tratar de no equivocarnos en lo mismo, así superaremos nuestras propias expectativas.


EMPRENDEDORES CHILENOS

Hay un estudio en el que se descubre y analiza a los emprendedores chilenos desarrollado por la Universidad Adolfo Ibáñez y la Universidad del Desarrollo.
En aquél reporte del año 2008 mencionan que “cerca del 30% de los emprendedores del País manifiesta su deseo de crear diez o más empleos en un periodo de 5 años”. Además que “El 80% de la población económicamente activa considera que emprender es una opción de carrera deseable”.
De acuerdo con el reporte GEM “Estudio Global Entrepeneurship Monitor” menciona que un 12,9% de los adultos de Chile pueden ser nombrados como emprendedores.
En chile hay demasiados emprendedores, pero entre todas sus regiones las que destacan en este estudio, las que llevan la delantera son La Región de Coquimbo seguida por la Región de Antofagasta, y la Región metropolitana, siendo que es una de las regiones donde más se ve el comercio por ser la central, estaría menos involucrada en las actividades de emprendimiento.
En términos de géneros, el estudio revela que dos de cada tres emprendedores son hombres, y la edad promedio en que inician su actividad es alrededor de los 40 años, encontrándose en una etapa de mayor madurez.
En relación de los estudios de los emprendedores se revela que el 50% de todos los emprendedores, llegaron a algún grado de educación superior, y la mayoría de éstos son de clase media.

Otros datos que nos aporta el Reporte de GEM Chile es que la dedicación completa de sus negocios es caracterizada al 77% de los emprendedores chilenos, los que se encuentran insertos principalmente en los sectores de servicio al consumidor. Si bien la mayoría son autoempleados, un 28.8% manifestó su intención de crear diez o más empleos en un periodo de 5 años. Con este mismo entusiasmo, el 33% de las personas declararon esperar un buen crecimiento y mejoramiento de su empresa o negocio y sus proyecciones de aumentar la participación en el mercado en el corto o mediano plazo.

Este estudio también establece que el 80% de la población económicamente activa considera que la opción de carrera de vida es emprender, sin embargo, n sólo el 30% de la población adulta piensa positivamente, ya que consideran que hay buenas oportunidades para empezar un negocio. En el caso de los emprendedores, el futuro se ve auspicioso para el 45,5%.

En cuanto a las motivaciones de todos los encuestados, más de la mitad de éstos manifestó que había iniciado emprendimiento motivado por una oportunidad de negocio y no por la necesidad. Incrementar sus negocios y lograr una mayor independencia, indican que son los principales factores que los lleva a tomar la decisión de emprender con algo nuevo.

Fuente GEM Chile 2008.


CONCLUSIÓN

Con este ensayo me pude percatar de la importancia que tiene para el país y nuestras propias vidas ser un “Emprendedor”, salir adelante y alcanzar nuestros objetivos.
Al comienzo ser emprendedor es muy difícil, ya que se frustran si algo no funciona como lo planeado , y comúnmente al principio hay muchas caídas, sobre todo gente que no cree que pueda funcionar y da comentarios majaderos, que no va a resultar y que dicho proyecto no funcionará. Así mismo me pude percatar que hay muchas instituciones que apoyan a los emprendedores, sean estas públicas o sólo creadas por un bien social, que están constantemente apoyando a los emprendedores. También existen paginas de encuentro para personas emprendedores , una de las páginas que visité y encontré por medio de mi investigación es
http://www.paraemprender.cl/ , ya que en ella motivaban a la gente a crear una nueva empresa indicándole pasos a seguir , destacaban cursos y horarios en que se realizaban para capacitarlos, además mencionan que instituciones apoyan el emprendimiento en Chile, enfocan a las personas a que medios deben utilizar e informan sobre si uno quiere crear una empresa familiar, en la cuál indican además la cantidad máxima de trabajadores que no formen parte del núcleo familiar pero que puedan participar de aquella empresa.

Este trabajo fue muy gratificante, ya que es realmente motivador escuchar los testimonios de personas en el proceso de investigación que realiza con mis cercanos al estar siempre tratando de emprender en algo nuevo.

Ser emprendedor es inmensamente satisfactorio, surgir ser mejor persona y así también ayudando a generar empleos. La mayoría de los emprendedores comienzan por algo pequeño y paso a paso crecen más, como lo es también el conocido caso del empresario Chileno que comenzó con un carrito de maní y fuera de su País, y ahora podemos percatarnos que ya tiene una cadena y sus carros están situado en todo el centro de Santiago. Otro caso también muy conocido es el de la Dueña de las parrilladas “La Cuca”, que empezando con locales pequeño es una de las emprendedoras más conocida de nuestro País.


APORTES


El aporte que entrega este ensayo es dar a conocer los pasos a seguir para crear un negocio, entregó en él además información de empresas o instituciones que ayudan a los emprendedores.

El aporte que me dejó a mi al realizarlo es una gran motivación al crecimiento personal, ser una persona para bien y con ganas de crear nuevas ideas ya que todos podemos llegar a ser unos grandes creadores de innovación y nuevas ideas.


BIBLIOGRAFÍA

Esta investigación se llevó a cabo a través de Internet Google y sitios como
http://www.paraemprender.cl/ , también del reporte GEM 2008, el cuál se puede descargar completo en http://www.gemchile.cl/ .

jueves, 24 de septiembre de 2009

ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENSIONES DE CHILE


Las AFP (Administradoras de Fondos de Pensiones) de Chile son instituciones financieras privadas encargadas de administrar los fondos y ahorros de pensiones. Fueron creadas en noviembre de 1980 por el DL N° 3500 que reforma el sistema previsional transformándolo en un sistema de capitalización individual de las pensiones de vejez, invalidez y sobreviviencia. Anteriormente, había un sistema de reparto a cargo de las cajas previsionales por medio de las cuales cotizaban y entregaban las prestaciones correspondientes.
Principales Características del sistema de AFP
Las AFP tienen las siguientes características:
La cobertura del sistema es obligatoria para todos los trabajadores dependientes (con contrato de trabajo) y opcional para los trabajadores independientes. En ambos casos la cotización es de un 10% de las remuneraciones y rentas imponibles mensuales. La imposición de los trabajadores dependientes las efectúa el empleador y es obligatoria (sin aportes del empleador para la cotización), mientras que en los independientes es individual y voluntaria. Hay un máximo imponible de 60
UF. Todo monto superior es un ahorro previsional voluntario. Desde el 2002 la administración de estos fondos voluntarios se puede efectuar en otras instituciones aparte de las AFP. Sin embargo la norma ha sido integrarlos dentro de las opciones de la AFP.
Capitalización individual: Cada afiliado, trabajador particular o público, tienen una cuenta individual única en la cual deposita sus previsiones. Estos depósitos se capitalizan de acuerdo al rendimiento del Fondo de Pensiones de la AFP. Al final de su vida laboral el monto de la cuenta constituye la pensión. En
1987 se crea una cuenta de ahorro voluntario (cuenta dos), de libre disposición de los afiliados una AFP. Esta cuenta puede ser retirada o depositada en la cuenta individual de capitalización.
La cuenta de indemnización (CAI) creada en noviembre de
1990 crea un mecanismo alternativo para los trabajadores dependientes y trabajadores casas particulares afiliados a la AFP o del antiguo sistema, que estén en situaciones de interrupción de la relación laboral. El empleador efectúa un pago del 4,11% de la remuneración individual imponible por un periodo de 11 años.
Cada trabajador debe elegir solo una AFP pero cuenta con libre elección. Esto significa que los afiliados pueden cambiar de AFP tantas veces quiera y estimen conveniente.
Las AFP son
sociedades anónimas que administran las cuentas individuales por medio de un Fondo de Pensión. Se efectúa un cobro una comisión de parte de la AFP que es sobre un 2% del salario mensual (y 20% aproximadamente de la cotización individual mensual) (lo que incluye un seguro de invalidez y sobrevivencia). La AFP realiza todas las acciones financieras en el mercado de valores que estime conveniente. Estas operaciones se enmarquen dentro de la ley y normas para incrementar el valor de la cotización de sus afiliados. Además contratan un seguro para financiar las pensiones de invalidez y sobrevivencia. Su patrimonio es independiente del Fondo de Pensión. Es decir, en caso de quiebra, los montos de sus afiliados no están afectados y pueden ser transferidos a otra AFP.
Los beneficios otorgados en la forma de pensiones son: Vejez, para los afiliados que cumplan la edad legal de retiro 65 años los hombres y 60 años en las mujeres; Vejez anticipada; Invalidez y sobrevivencia. Formas de pensión de una AFP son las siguientes: Retiros programados, Renta Vitalicia y Renta temporal con Renta Vitalicia Diferida.
Rol del Estado. Las AFP son supervisadas y controladas por la
Superintendencia de Pensiones[1] del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Garantía de los montos del Fondo de Pensión en caso de cesación de pagos o quiebra de una AFP. Garantía de pensión mínima en el caso que los montos de la cuenta no alcancen o los fondos se agoten. La Pensión minina cubre las pensiones de vejez, invalidez y sobreviviencia, su monto. Además existen una serie de normativas que regulan el tipo de instrumentos y su porción inversión.
El Fondo de Pensión, lo invierte una AFP en el mercado de valores. Desde el 2002 hay cinco tipos de fondos de pensiones que elige cada afiliado. Estos se diferencian por la composición de sus instrumentos de inversión (variable y fija). Las AFP sólo pueden invertir en aquellos instrumentos autorizados por el
Banco Central de Chile, la Superintendencia de AFP y los señalados expresamente en la ley. Estos se dividen instrumentos de renta fija o variable tanto nacionales como extranjeros. Los primeros corresponden a títulos del Banco Central, Tesorería General de la República, depósitos a plazo, pagares, letras hipotecarias y similares. Los de renta variable son acciones, bonos de empresas, cuotas de fondos de inversión o fondos mutuos, cerificados negociables emitidos por bancos depositarios extranjeros (ADR) y similares. Además las AFP pueden suscribir operaciones de cobertura de riesgos y préstamos de activos. Por medio de un sistema de clasificación de riesgo se distingue entre instrumentos no elegibles y legibles por las AFP y el monto de inversión de estos últimos.
Implementación de las AFP
Con la dictación del DL 3500 en
1980 los trabajadores tuvieron las siguientes opciones:
Para los cotizantes del sistema de las cajas previsionales
Mantenerse en el antiguo sistema los que ya cotizaban
Trasladarse al nuevo sistema voluntariamente. De efectuarse el traslado se emite un Bono de Reconocimiento que reconoce los montos del afiliado y constituye la primera cotización en una AFP.


La reforma provisional chilena incluye también la dictación de las leyes que crean en la salud las
ISAPRE en el sector privado y el FONASA en el Estado. Con ello se separaban las pensiones y las prestaciones de salud.
Un efecto interesante fue la capitalización y liberación de montos que no eran invertidos previamente. Bajo el antiguo sistema de reparto solidario los cotizantes financiaban a los beneficiarios. Con las AFP se abrió un campo de inversiones que fue aprovechado con la venta y privatización de las empresas estatales (filiales CORFO y otras) en los años 1980s. Las AFP también fueron un agente de inversión en infraestructura vial. En el caso de las compañías de seguros sus efectos fueron desarrollo y ampliación de sus actividades, participación de empresas extranjeras.
En términos de rentabilidad para los cotizantes, los retornos que han obtenido los fondos de pensión desde su creación han sido superiores al 10% real anual.
Para los cotizantes de las antiguas cajas previsionales se efectúan una serie de reformas. Son agrupadas (1980) y posteriormente disueltas e incorporadas (1988) en el
Instituto de Normalización Previsional (INP). En este organismo se efectúan sus contribuciones y se garantiza el pago de sus obligaciones hasta la extinción de sus beneficiarios. Además de emitir el Bono de Reconocimiento.
En el
2001 se crea un Seguro Obligatorio de Cesantía administrado por la AFC (Administradora de Fondos de Cesantía)
De las 12 AFP iniciales 1981 se ha pasado a 7 en el 2005. Para mayores detalles ver
Evolución de las AFP Chilenas.
Críticas al modelo de las AFP chilenas
Se ha criticado la escasa afiliación de los trabajadores independientes, aunque el sistema de capitalización no es obligatorio para ellos como no lo era el sistema de reparto. Asimismo algunos pronostican que el Estado tendrá un alto costo en cubrir las pensiones mínimas, la Asociación de AFP estima que ello afectará a menos del 10% de los afiliados al sistema, aunque otros estiman que las cifras llegarán a un 50%.
Se critica que sólo seis AFP administran cerca de cien mil millones de dólares (2/3 del PIB chileno) cuyos propietarios son más de siete millones de trabajadores obligados a depositar sus fondos de pensión en ellas, sin el menor derecho a ser representados democráticamente en el directorio de estas instituciones financieras.

Principales Características del sistema de AFP

Las AFP tienen las siguientes características:
La cobertura del sistema es obligatoria para todos los trabajadores dependientes (con contrato de trabajo) y opcional para los trabajadores independientes. En ambos casos la cotización es de un 10% de las remuneraciones y rentas imponibles mensuales. La imposición de los trabajadores dependientes las efectúa el empleador y es obligatoria (sin aportes del empleador para la cotización), mientras que en los independientes es individual y voluntaria. Hay un máximo imponible de 60 UF. Todo monto superior es un ahorro previsional voluntario. Desde el 2002 la administración de estos fondos voluntarios se puede efectuar en otras instituciones aparte de las AFP. Sin embargo la norma ha sido integrarlos dentro de las opciones de la AFP.
Capitalización individual: Cada afiliado, trabajador particular o público, tienen una cuenta individual única en la cual deposita sus previsiones. Estos depósitos se capitalizan de acuerdo al rendimiento del Fondo de Pensiones de la AFP. Al final de su vida laboral el monto de la cuenta constituye la pensión. En
1987 se crea una cuenta de ahorro voluntario (cuenta dos), de libre disposición de los afiliados una AFP. Esta cuenta puede ser retirada o depositada en la cuenta individual de capitalización.
La cuenta de indemnización (CAI) creada en noviembre de
1990 crea un mecanismo alternativo para los trabajadores dependientes y trabajadores casas particulares afiliados a la AFP o del antiguo sistema, que estén en situaciones de interrupción de la relación laboral. El empleador efectúa un pago del 4,11% de la remuneración individual imponible por un periodo de 11 años.
Cada trabajador debe elegir solo una AFP pero cuenta con libre elección. Esto significa que los afiliados pueden cambiar de AFP tantas veces quiera y estimen conveniente. Teóricamente el cambio se debería basar en la rentabilidad del fondo pero existentes bastantes evidencia que en la mayoría de los casos son otros los factores que intervienen.
Las AFP son
sociedades anónimas que administran las cuentas individuales por medio de un Fondo de Pensión. Se efectúa un cobro una comisión de parte de la AFP que es sobre un 2% del salario mensual (y 20% aproximadamente de la cotización individual mensual) (lo que incluye un seguro de invalidez y sobrevivencia). La AFP realiza todas las acciones financieras en el mercado de valores que estime conveniente. Estas operaciones se enmarquen dentro de la ley y normas para incrementar el valor de la cotización de sus afiliados. Además contratan un seguro para financiar las pensiones de invalidez y sobrevivencia. Su patrimonio es independiente del Fondo de Pensión. Es decir, en caso de quiebra, los montos de sus afiliados no están afectados y pueden ser transferidos a otra AFP.
Los beneficios otorgados en la forma de pensiones son: Vejez, para los afiliados que cumplan la edad legal de retiro 65 años los hombres y 60 años en las mujeres; Vejez anticipada; Invalidez y sobrevivencia. Formas de pensión de una AFP son las siguientes: Retiros programados, Renta Vitalicia y Renta temporal con Renta Vitalicia Diferida.

Implementación de las AFP
Con la dictación del DL 3500 en
1980 los trabajadores tuvieron las siguientes opciones:
Para los cotizantes del sistema de las cajas previsionales
Mantenerse en el antiguo sistema los que ya cotizaban
Trasladarse al nuevo sistema voluntariamente. De efectuarse el traslado se emite un Bono de Reconocimiento que reconoce los montos del afiliado y constituye la primera cotización en una AFP.
La incorporación automática al nuevo sistema para los nuevos trabajadores y contratos. Desde
31 de diciembre de 1982 a la fecha se constituye en el único sistema provisional para todos los trabajadores nuevos.
La nueva normativa no afecta a las integrantes de las Fuerzas Armadas y
Carabineros que mantienen sus sistemas de cotización en base al sistema de reparto. Ver CAPREDENA y CAPRECAR.
Consecuencias de las AFP
Uno de los principales objetivos de la reforma previsional por las AFP fue corregir una serie de problemas del anterior sistema de reparto a cargo de las cajas previsionales. Dichos problemas eran las desigualdades en las cotizaciones, desigualdad en beneficios otorgados por cada caja y variables según el nivel ocupacional y una legislación extremadamente complicada en cuanto a su administración, forma de calcular de las pensiones y condiciones de adquirirlas. Se estimada que a largo plazo el sistema entraría en crisis debido a cambios en la estructura demográfica y su desfinanciamiento siendo el Estado el principal proveedor las dineros.
La reforma provisional chilena incluye también la dictación de las leyes que crean en la salud las
ISAPRE en el sector privado y el FONASA en el Estado. Con ello se separaban las pensiones y las prestaciones de salud.
Un efecto interesante fue la capitalización y liberación de montos que no eran invertidos previamente. Bajo el antiguo sistema de reparto solidario los cotizantes financiaban a los beneficiarios. Con las AFP se abrió un campo de inversiones que fue aprovechado con la venta y privatización de las empresas estatales (filiales CORFO y otras) en los años 1980s. Las AFP también fueron un agente de inversión en infraestructura vial. En el caso de las compañías de seguros sus efectos fueron desarrollo y ampliación de sus actividades, participación de empresas extranjeras.
En términos de rentabilidad para los cotizantes, los retornos que han obtenido los fondos de pensión desde su creación han sido superiores al 10% real anual.
Para los cotizantes de las antiguas cajas previsionales se efectúan una serie de reformas. Son agrupadas (1980) y posteriormente disueltas e incorporadas (1988) en el
Instituto de Normalización Previsional (INP). En este organismo se efectúan sus contribuciones y se garantiza el pago de sus obligaciones hasta la extinción de sus beneficiarios. Además de emitir el Bono de Reconocimiento.
En el
2001 se crea un Seguro Obligatorio de Cesantía administrado por la AFC (Administradora de Fondos de Cesantía)
De las 12 AFP iniciales 1981 se ha pasado a 7 en el 2005. Para mayores detalles ver
Evolución de las AFP Chilenas.
Críticas al modelo de las AFP chilenas
Se ha criticado la escasa afiliación de los trabajadores independientes, aunque el sistema de capitalización no es obligatorio para ellos como no lo era el sistema de reparto. Asimismo algunos pronostican que el Estado tendrá un alto costo en cubrir las pensiones mínimas, la Asociación de AFP estima que ello afectará a menos del 10% de los afiliados al sistema, aunque otros estiman que las cifras llegarán a un 50%.
Se critica que sólo seis AFP administran cerca de cien mil millones de dólares (2/3 del PIB chileno) cuyos propietarios son más de siete millones de trabajadores obligados a depositar sus fondos de pensión en ellas, sin el menor derecho a ser representados democráticamente en el directorio de estas instituciones financieras.
Exportación del modelo las AFP
El modelo de capitalización individual de pensiones chilena se ha implementado en otros países: Argentina, Bolivia, Colombia, Costa Rica, El Salvador, México, Perú, Uruguay, Polonia y en parte, Suecia. Mayores detalles en
Sistemas de capitalización individual de pensiones en el mundo.
Bibliografía
Chile, República de.
Texto DL 3000 actualizado.

lunes, 21 de septiembre de 2009

¿SABÍAS QUÉ?.......

¿Cuándo el empleador se encuentra en la obligación de trasladar a la trabajadora embarazada a un trabajo que no sea perjudicial para su estado de salud?
El artículo 202 del Código del Trabajo establece que durante el período de embarazo, la trabajadora que esté ocupada habitualmente en trabajos considerados por la autoridad como perjudiciales para su salud, deberá ser trasladada, sin reducción de sus remuneraciones, a otro trabajo que no sea perjudicial para su estado. El legislador ha señalado que se entiende, especialmente, como perjudicial para la salud todo trabajo que:

a) obligue a levantar, arrastrar o empujar grandes pesos;
b) exija un esfuerzo físico, incluido el hecho de permanecer de pie largo tiempo;
c) se ejecute en horario nocturno;
d) se realice en horas extraordinarias de trabajo;
e) la autoridad competente declare inconveniente para el estado de gravidez.
De esta forma, la trabajadora que está embarazada, no puede ni debe ser obligada a realizar trabajos que la autoridad competente estime perjudiciales para su salud, en cuyo caso debe ser trasladada a cumplir labores compatibles con su estado de gravidez y sin disminución de sus remuneraciones. Ahora bien, la norma legal ha precisado en particular algunos trabajos que se estiman perjudiciales para la trabajadora embarazada y, en general, aquellos que la autoridad competente declare inconveniente para el estado de gravidez de la trabajadora. De esta manera, si una trabajadora encontrándose embarazada realiza alguno de los trabajos señalados por la norma legal, por el solo hecho de realizarlos debe entenderse que es perjudicial para su salud, por lo cual el empleador debería tomar las medidas necesarias para trasladarla a otro trabajo que sea compatible con su estado de gravidez. Por el contrario, si realiza trabajos distintos a los establecidos en la norma legal, el empleador sólo estará obligado a trasladarla de trabajo si la autoridad competente determina que se considera perjudicial para la salud de la trabajadora embarazada, la labor, función o trabajo que esté desempeñando esta última en estado de gravidez. Es del caso señalar que la autoridad competente, que puede ser, entre otros, la matrona y el médico tratante, pueden determinar si el trabajo que desempeña la trabajadora embarazada puede ser causa o contribuyente perjudicial para su salud, pudiendo solicitar una evaluación del puesto de trabajo al Organismo Administrador del Seguro de Accidentes del Trabajo o Enfermedades Profesionales (Ley Nº 16.744) o a la Unidad de Salud Ocupacional (USO) del Servicio de Salud correspondiente al domicilio de la empresa. Igualmente, se entiende especialmente perjudicial para su salud si los organismos de salud y administradores del seguro precedentemente indicados, en su caso, comprueban la existencia de condiciones o agentes que pongan en peligro la salud de la trabajadora embarazada o del hijo en gestación.
¿La trabajadora despedida debe restituir al empleador las indemnizaciones percibidas cuando es reincorporada a sus funciones por gozar de fuero maternal?

Si el empleador debió reincorporar a sus labores habituales a una trabajadora despedida que gozaba de fuero laboral, que después de haber sido despedida y que por el término de los servicios percibió las indemnizaciones por años de servicios y la sustitutiva del aviso previo, la Dirección del Trabajo ha señalado en su jurisprudencia administrativa, entre otras, en dictámenes 3160, de 22.06.84 y 38489/155, de 15.07.92, que producido el regreso al trabajo, la dependiente debe restituir la indemnización por años de servicios y demás beneficios que hubiere percibido con ocasión del término de la relación laboral que ha quedado sin efecto.

¿El empleador puede extender unilateralmente la jornada ordinaria diaria de los trabajadores del comercio en días previos a la Navidad?

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 del Código del Trabajo, el empleador puede extender la jornada ordinaria de los trabajadores del comercio hasta en dos horas diarias durante nueve días anteriores a navidad, distribuidos dentro de los últimos quince días previos a esta festividad. En este caso, las horas que excedan la jornada de 45 horas semanales o la jornada convenida si fuere menor, deben pagarse como extraordinarias. Es del caso señalar que cuando el empleador ejerce la facultad precedentemente señalada no pueden pactarse horas extraordinarias. Finalmente debe indicarse que la norma legal establece que los trabajadores, en ningún caso, pueden trabajar más allá de las 23 horas, durante los nueve días en lo que se extienda la jornada ordinaria. Asimismo, bajo ninguna circunstancia lo harán más allá de las 20 horas del día inmediatamente anterior a dicha festividad, como además el día inmediatamente anterior al 1º de enero de cada año.



¿Debe el trabajador solicitar al empleador el permiso por nacimiento de un hijo antes de hacerlo efectivo?
El inciso 2º del artículo 195 del Código del Trabajo establece que el padre tendrá derecho a un permiso pagado de 5 días en caso de nacimiento de un hijo, el que podrá utilizar a su elección desde el momento del parto, y en este caso será de días corridos, o distribuirlo dentro del primer mes desde la fecha de nacimiento. Ahora bien, si bien es cierto el permiso de cinco días por nacimiento de un hijo constituye un derecho de carácter irrenunciable para el padre trabajador, no lo es menos que el carácter de "permiso" que este representa implica que su ejercicio no puede significar desconocer las obligaciones que le impone el contrato de trabajo y los deberes que le asisten para con el empleador. De esta forma, el trabajador debe solicitarlo, sea a éste o a quien lo represente, no pudiendo éstos condicionar o negar tal petición.
¿Deben indemnizarse los días de permiso por nacimiento de un hijo que no alcanza a utilizar el trabajador por terminar su contrato durante el período de permiso?
El inciso 2º del artículo 195 del Código del Trabajo establece que el padre tendrá derecho a un permiso pagado de 5 días en caso de nacimiento de un hijo, el que podrá utilizar a su elección desde el momento del parto, y en este caso será de días corridos, o distribuirlo dentro del primer mes desde la fecha de nacimiento. Ahora bien, de lo señalado precedentemente se desprende que el legislador estableció en forma precisa, tanto el período dentro del cual debe hacerse uso del permiso en comento, como la forma de hacerlo efectivo. Así, respecto del período u oportunidad en que corresponde ejercerlo, la ley señala expresamente que éste deberá materializarse dentro del primer mes desde la fecha de nacimiento del hijo, sin establecer al respecto excepciones de ninguna naturaleza. De esta manera, el trabajador cuyo contrato de trabajo termina durante el período que comprende el beneficio, no tiene derecho a que se le compensen los días que se encontraban pendientes por tal concepto, a la fecha de término de su relación laboral por tal causa.
¿Puede el trabajador que ha sido padre hacer uso del permiso por nacimiento de un hijo en una oportunidad distinta a la señalada en la ley cuando se encuentra haciendo uso de una licencia médica superior a un mes?
El inciso 2º del artículo 195 del Código del Trabajo establece que el padre tendrá derecho a un permiso pagado de 5 días en caso de nacimiento de un hijo, el que podrá utilizar a su elección desde el momento del parto, y en este caso será de días corridos, o distribuirlo dentro del primer mes desde la fecha de nacimiento. Ahora bien, de lo señalado precedentemente se desprende que el legislador estableció en forma precisa, tanto el período dentro del cual debe hacerse uso del permiso en comento, como la forma de hacerlo efectivo. Así, respecto del período u oportunidad en que corresponde ejercerlo, la ley señala expresamente que éste deberá materializarse dentro del primer mes desde la fecha de nacimiento del hijo, sin establecer al respecto excepciones de ninguna naturaleza. De esta manera, por imperativo legal, el permiso en cuestión debe utilizarse necesariamente dentro del señalado período, por lo que si el trabajador beneficiario, desde la fecha de nacimiento y durante todo el período mensual que lo precede, no se encuentra prestando servicios a causa de una licencia médica, no tiene derecho a impetrar, con posterioridad, el aludido beneficio, puesto que, como ya se dijera, el mismo debe necesariamente hacerse efectivo dentro del primer mes de nacimiento del hijo.
¿Cuándo el día 17 de septiembre es feriado legal?
De acuerdo a lo previsto en el artículo 35 del Código del Trabajo, en cada año calendario que los días 18 y 19 de septiembre sean días martes y miércoles, respectivamente, o miércoles o jueves, respectivamente, es feriado el día lunes 17 o el día viernes 20 de dicho mes, según el caso.
¿El empleador se encuentra obligado a conceder permiso al trabajador para efectuar diligencias particulares?El Código del Trabajo no contempla el derecho a permisos específicos que permitan al dependiente, por ejemplo, concurrir a consultas médicas, para contraer matrimonio, o realizar gestiones de carácter particular, y por tanto, tampoco el empleador se encuentra en la obligación correlativa de concederlos. No obstante lo anterior, nada impide que las partes de la relación laboral, libremente y por mutuo acuerdo, concuerden permisos de origen convencional destinados a éstos u otros fines, los cuales, por lo demás, los contempla expresamente el inciso 4° del artículo 32 del Código del Trabajo, al precisar que "no serán horas extraordinarias las trabajadas en compensación de un permiso, siempre que dicha compensación haya sido solicitada por escrito por el trabajador y autorizada por el empleador". En tal evento la compensación debe producirse dentro de la misma semana en que se concede el permiso antes referido